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    Durante la sesi贸n ordinaria de esta semana en el Congreso del Estado, se aprob贸 un dictamen de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, Puntos Constitucionales y Justicia, con vista del sentir de los Ayuntamientos en relaci贸n a la iniciativa por la que se reforma el art铆culo 7 de la Constituci贸n Pol铆tica del Estado de Coahuila en materia de reconocimiento de los pueblos y comunidades ind铆genas que habitan o transitan, y en su caso, se establezcan de manera fija, temporal o permanente en el territorio coahuilense. De la misma forma se aprob贸 un dictamen de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, Puntos Constitucionales y Justicia, con vista del sentir de los Ayuntamientos  con relaci贸n a la iniciativa por la que se reforma el art铆culo 82 de la Constituci贸n Pol铆tica del Estado de Coahuila, presentada por la Diputada Mayra Lucila Vald茅s Gonz谩lez y la Diputada Luz Natalia Virgil Orona, del Partido Acci贸n Nacional, en materia de gobierno de coalici贸n.

 

El pasado 08 noviembre, el Congreso local aprob贸 la reforma constitucional, derivada de la Consulta a Pueblos y Comunidades Ind铆genas y Afromexicanas del Estado de Coahuila que se llev贸 a cabo durante el mes de julio a septiembre del presente a帽o. El dictamen de esa reforma se帽ala que gracias a los resultados obtenidos de la consulta, los acuerdos a los que se llegaron en la fase de di谩logo, las propuestas enviadas por las personas integrantes de estos pueblos y comunidades ind铆genas y afromexicanas de Coahuila; as铆 como las observaciones hechas al proyecto del dictamen, se puede concluir que con esta reforma se asegura el respeto a sus garant铆as y derechos humanos de acuerdo a la normativa internacional y nacional en la materia como grupos que han sido vulnerados y discriminados de manera hist贸rica, sistem谩tica y estructural.

 

En el mismo sentido, el 08 de noviembre, el Congreso local aprob贸 la reforma que establece que en caso de que el Gobernador del Estado resulte electo por una coalici贸n electoral, podr谩 considerar que las designaciones se realicen de forma plural, de conformidad con las bases establecidas en el convenio de coalici贸n previsto en la ley, cuando se opte por dicha forma de gobierno. El gobierno de coalici贸n se regular谩 por el convenio respectivo, el cual establecer谩 las bases y los acuerdos generales celebrados entre las fuerzas pol铆ticas coaligadas, as铆 como las causas de disoluci贸n de 茅ste. El dictamen hace hincapi茅 en que la figura de coalici贸n de diversas fuerzas pol铆ticas permite la democratizaci贸n del pa铆s, en el que la alianza de diversas ideolog铆as partidistas ser谩n el resultado de un mayor involucramiento y participaci贸n de la ciudadan铆a, sumando fuerzas, perspectivas y capacidades, aunado a la toma de decisiones de manera plural y consensuada.