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El Pleno del Congreso del Estado aprob贸 un dictamen relativo al acuerdo de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, Puntos Constitucionales y Justicia, mediante el cual se determina procedente la revocaci贸n de mandato del C. Leocadio Hern谩ndez Hern谩ndez como Segundo Regidor del Ayuntamiento del municipio de Piedras Negras, toda vez que dej贸 de asistir sin causa justificada a las sesiones de Cabildo, por lo cual se tom贸 esta decisi贸n en apego al art铆culo 75 del C贸digo Municipal para el Estado de Coahuila.

Asimismo, se ordena al  Ayuntamiento de Piedras Negras mande llamar a la siguiente persona que habr谩 de ocupar el cargo de la Segunda Regidur铆a, atendiendo al orden de prelaci贸n de la lista registrada ante el Instituto Electoral de Coahuila, correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2021, para que tome protesta de ley ante dicho Ayuntamiento.

El acuerdo antes mencionado lo propuso al Pleno la Comisi贸n de Gobernaci贸n, Puntos Constitucionales y Justicia, luego de que en la pasada sesi贸n del Congreso se dio lectura a la s铆ntesis y conclusiones con relaci贸n al procedimiento de Declaraci贸n de Procedencia en Materia de Revocaci贸n de Mandato iniciado en contra del C.  Hern谩ndez Hern谩ndez, en la cual se manifiesta que al funcionario municipal se concedi贸 el derecho de audiencia para ejercerlo en un plazo de 7 d铆as para manifestar lo que a su derecho conviniera, incluso, dicho plazo fue ampliado a 8 d铆as, para que hiciera uso de este derecho, pero no lo hizo.

Cabe se帽alar que el Segundo Regidor de Piedras Negras dej贸 de asistir, de manera injustificada y consecutiva, a siete sesiones de Cabildo durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de este a帽o. Tales hechos son causa de revocaci贸n del mandato de acuerdo a lo que se帽ala el art铆culo 75 del C贸digo Municipal para el Estado de Coahuila.