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Estos lugares estรกn debidamente seรฑalizados y son exclusivamente para vehรญculos que cuenten con las placas o permisos correspondientes. El incumplimiento de esta disposiciรณn puede acarrear sanciones y/o el remolque del vehรญculo.
Este exhorto surge a raรญz de recientes incidentes que han evidenciado la falta de conciencia y respeto hacia estos espacios, esenciales para garantizar la movilidad y accesibilidad de las personas con discapacidad en nuestra ciudad.
El Reglamento de Trรกnsito y Vialidad del Municipio establece en su Artรญculo 17, fracciรณn XIV, la prohibiciรณn de estacionarse en espacios destinados a vehรญculos que transporten o sean conducidos por personas con discapacidad, salvo que se cuente con las placas o permisos provisionales expedidos por la Direcciรณn.
Asimismo, el Artรญculo 18 prohรญbe la colocaciรณn de seรฑalamientos u objetos que obstaculicen o afecten la vialidad, salvo en casos donde se utilicen temporalmente para facilitar el ascenso o descenso de personas con discapacidad, o como advertencia ante accidentes o emergencias.
La Direcciรณn de Trรกnsito y Vialidad reafirma su compromiso con la inclusiรณn y el respeto a los derechos de todas las personas, y continuarรก implementando acciones para promover una cultura vial mรกs consciente y respetuosa en Gรณmez Palacio.