饾棬饾椈 饾椏饾棽饾榿饾椏饾椉饾棸饾棽饾榾饾椉, 饾椏饾棽饾棾饾椉饾椏饾椇饾棶 饾棶 饾椆饾棶 饾棢饾棽饾槅 饾棻饾棽 饾棓饾椇饾椊饾棶饾椏饾椉: 饾棩饾椉饾棸饾椂́饾椉 饾棩饾棽饾棷饾椉饾椆饾椆饾椉
Al hacer uso de la tribuna, aclar贸 que la Ley de Amparo fue creada para proteger a los ciudadanos de los abusos de la autoridad, no para proteger al gobierno de los ciudadanos, ya que los que est谩n indefensos son los particulares ante el gobierno.
La legisladora priista consider贸 que la iniciativa aprobada por la mayor铆a autom谩tica en la C谩mara de Diputados y regresada al Senado responde a la l贸gica de construir un gobierno autocr谩tico, debilitando el equilibrio de poderes y reduciendo los contrapesos institucionales.
Adem谩s, Roc铆o Rebollo, alert贸 que la atenci贸n p煤blica se ha concentrado en el art铆culo transitorio que permitir铆a la aplicaci贸n retroactiva de la ley, cuando en realidad hay temas de fondo que requieren un debate t茅cnico y pol铆tico m谩s profundo.
“El an谩lisis debe ir m谩s all谩 de la retroactividad. Debemos discutir la redefinici贸n del inter茅s leg铆timo, la restricci贸n de las suspensiones, el cumplimiento de sentencias y los efectos reales de la reforma en lo social y en lo jur铆dico”, se帽al贸 a nombre del Grupo Parlamentario del PRI
Asimismo, cuestion贸 que los foros de parlamento abierto realizados por la C谩mara de Diputados se desarrollaran “a toda prisa”, sin el tiempo necesario para escuchar a expertos ni valorar el impacto de los cambios.
“Hubiese sido una oportunidad doblemente valiosa para revisar integralmente la reforma y preguntarnos si no estamos convirtiendo al amparo, ese escudo hist贸rico del pueblo, en una herramienta cada vez m谩s peque帽a y menos accesible”, sostuvo.
Rebollo Mendoza subray贸 que el amparo es un litigio de derecho p煤blico, donde la contraparte siempre es el Estado, y por ello resulta preocupante que la iniciativa incline la balanza a favor del poder y no del ciudadano.
“Agregar requisitos para obtener una suspensi贸n en casos fiscales o financieros es una forma de dejar indefenso al contribuyente. Un error administrativo podr铆a costar millones sin posibilidad de defensa inmediata”, ejemplific贸.
Finamente, indic贸 que, sin la suspensi贸n provisional, los ciudadanos ser铆an “culpables de facto”, al no poder detener los efectos de una resoluci贸n de autoridad mientras se desarrolla el juicio.
